Allá lejos y hace tiempo, cerca de un mes atrás, el Gobierno peleó de igual a igual –si eso cabe– con el dólar.
Como suele ocurrir, tras cortar el teléfono con un cuevero, le comenté a un secretario de redacción un par de planteos lógicos que me había comentado este hombre desde la City.
-Está bueno. Escribilo, retrucó.
Así que me puse a llamar a abogados, contadores, funcionarios, ex funcionarios y oficiales de cumplimiento antilavado para obtener más información y la escribí.
Fue un mes atrás.
No se publicó.
Nada raro. Simples razones de cuestiones de espacio, asuntos más urgentes, notas más picantes. Lo normal en cualquier diario.
Así que aquí la subo, al menos para dejar consignadas algunas ideas.
Y dice:
El administrador federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, dedicó un largo pasaje de sus últimas conferencias de prensa a explicar cómo funciona el sistema informático –casi una ecuación matemática o una “matriz de riesgo”–, que determina cuántos dólares puede comprar cada argentino, aunque algunas preguntas quedaron, no obstante, sin respuesta.
La ecuación de Echegaray sería: ingresos declarados (salario, honorarios, premios, etcétera) + activos disponibles (sean en la Argentina o en el exterior, incluso en paraísos fiscales como las Islas Caymán) – gastos conocidos (expensas, gastos de tarjetas de crédito, pagos de préstamos y servicios, cuotas del colegio de los chicos y hasta viajes al exterior, etcétera) = “X”, siendo “X” la liquidez resultante en pesos que podría cambiarse a dólares.
"El aplicativo puesto en marcha por la AFIP como parte del plan antievasión y contra el lavado de dinero, cuenta con información de 10 millones de contribuyentes que tienen clave fiscal, más los trabajadores registrados y los movimientos bancarios", afirmó Echegaray.
Pero basadas en las consultas de LA NACION a funcionarios, ex funcionarios, abogados, contadores y expertos tributarios y antilavado, estas son algunas de las preguntas pendientes de respuesta oficial:
¿Comparte la AFIP toda esa información con otros organismos del Estado como la unidad antilavado (UIF) o con fiscales y jueces? Uno de los ejes más duros del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre la Argentina fue que los organismos del Estado actuaban como compartimentos estancos. En esa línea, ¿la AFIP reportó apenas el 2,61% de las operaciones sospechosas que investigó la UIF durante su primera década de trabajo, como surge de las estadísticas oficiales de la propia UIF?
En la misma línea, ¿la nueva Dirección de Investigación Financiera de la AFIP, que se dedicará a “analizar […] las operaciones en las que se sospeche lavado de activos y financiamiento del terrorismo”, no se superpone con la UIF?
También, ¿cuánto tiempo demoró la AFIP en elaborar ese sistema informático? Si en realidad Echegaray aludió a lo que adentro llaman “Base de Datos”, tomó una década. Pero tiene poco que ver con el “sistema” que se anunció en la conferencia de prensa. Y si es otro –y por tanto se montó a contrarreloj–, ¿pudo servir para controlar los movimientos dentro y fuera del país de, por ejemplo, de Ricardo Jaime o Sergio Schoklender? ¿Pudo ese sistema encender alguna “luz de alarma” en la AFIP?
En la línea de los funcionarios, sean nacionales, provinciales y porteños, ¿puede aplicarse esa “matriz de riesgo” a las causas abiertas en su contra por enriquecimiento ilícito, para así fijar, digamos, cuál sería su potencial tasa de enriquecimiento justificable?
En cuanto a los datos metidos en la “matriz”,¿la AFIP incorpora datos de la Inspección General de Justicia, donde cada día se inscriben empresas fantasmas? Por lo tanto, ¿la AFIP apela sólo a datos formales o ella misma u otro organismo los fiscaliza y constata?
Algo más: si se apoya en los ingresos y gastos declarados, ¿qué pasa con el “cash flow”, el flujo de fondos, que no es lo mismo que la liquidez? ¿Y qué pasa con la demora entre el momento de la operación y en que se informa, ya que muchas veces no es en tiempo real?
Un par de expertos consultado por LA NACION apuntó a otro eje singular: ya hay “cueveros” que se frotan las manos. ¿Las usinas que emiten facturas truchas por servicios inexistentes, y que por tanto inflan sus ingresos, pueden utilizar esas ganancias falsas para comprar dólares? Si es así, las usinas podrán ofrecerle un nuevo servicio al mercado pirata…
En cuanto a los activos en el exterior, ¿la “matriz” es realmente eficaz ante los activos en el exterior? ¿Aparece, por ejemplo, el inmueble que Echegaray tiene en Punta del Este y que identificó apenas como “inversión en derechos y acciones sobre depto” [sic], sin consignar en la declaración jurada que presentó ante la Oficina Anticorrupción que es en Uruguay?
Hay también ciertos abogados que se preguntan cómo lidia esa “matriz” con las garantías de los artículos 14 y 17 de la Constitución sobre la libre disponibilidad y la inviolabilidad de la propiedad. Y sin llegar a la Carta Magna, ¿la ley de Procedimiento Fiscal 11.683 no estipula que la información que pide la AFIP sólo puede utilizarla para controlar las obligaciones tributarias de los contribuyentes y no para cualquier otro objeto? ¿No es por eso que la AFIP se la retacea a la UIF?
Más aún, si la “matriz” se aplica en el mercado cambiario para evitar el lavado, ¿no habría que aplicarlo para la compra y venta de otros activos o en otros sectores más utilizados alrededor del mundo para el blanqueo?
Por último, si la “matriz” se basa en ingresos y gastos “en blanco”, ¿no es lo mismo para la AFIP que cazar dentro de un zoológico? ¿Son los que operan en blanco los relevantes? ¿O son las cuevas que siguen adelante? ¿Y los valijeros que deambulan con sus alforjas llenas de dólares por la ciudad de Buenos Aires? Por eso, y al fin de cuentas, la pregunta de fondo es: ¿cuál es la táctica de la AFIP contra “el lado oscuro de la fuerza”?
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